Recibir una carta de despido objetivo suele generar una mezcla de sorpresa, urgencia y dudas. La empresa habla de causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, entrega una indemnización y comunica la extinción del contrato como si fuera una decisión cerrada.

Pero no todo despido objetivo es correcto. La empresa debe acreditar la causa, explicar por qué afecta al puesto concreto y cumplir requisitos formales muy precisos. Si falla en la causa, en la carta, en la indemnización o en la selección del trabajador, el despido puede impugnarse.

En Mugan Abogados asesoramos a trabajadores y empresas en despidos objetivos, reclamaciones laborales e impugnaciones de despido en Madrid y en toda España.

Respuesta rápida

El despido objetivo permite extinguir el contrato por causas legalmente previstas.

  • La empresa debe entregar carta escrita explicando la causa.
  • La indemnización general es de veinte días por año trabajado, con máximo de doce mensualidades.
  • Debe concederse preaviso de quince días o abonarse si no se respeta.
  • El plazo para impugnar el despido es breve: veinte días hábiles.

Una carta genérica, una causa no probada o una indemnización mal calculada pueden permitir reclamar.

Qué es un despido objetivo

El despido objetivo es una extinción del contrato basada en causas ajenas, en principio, a un incumplimiento disciplinario del trabajador.

Puede apoyarse en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, en la ineptitud sobrevenida, en la falta de adaptación a modificaciones técnicas razonables del puesto o en otros supuestos legalmente previstos.

No basta con que la empresa invoque una causa. Debe existir, estar documentada y justificar la necesidad de extinguir ese contrato concreto.

Qué indemnización corresponde

Con carácter general, el despido objetivo exige poner a disposición del trabajador una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de doce mensualidades.

Además, la empresa debe entregar el finiquito, incluyendo salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias y demás conceptos devengados.

Si el despido se declara improcedente, la indemnización puede elevarse a la prevista para el despido improcedente, con las particularidades aplicables según antigüedad, salario y fecha de inicio de la relación laboral.

Requisitos de la carta de despido objetivo

La carta no puede limitarse a frases genéricas como “bajada de ventas”, “reestructuración” o “necesidades organizativas”.

Debe explicar la causa de forma concreta, comprensible y suficiente. El trabajador tiene que poder saber por qué se le despide y con qué datos se justifica la decisión.

También debe entregarse la indemnización de forma simultánea a la carta, salvo el supuesto legalmente previsto para determinadas causas económicas, y respetarse el preaviso de quince días o abonarse si no se concede.

Errores de la empresa que permiten impugnar

Uno de los errores más frecuentes es entregar una carta vaga, sin datos económicos, sin explicar la reorganización o sin conectar la causa con el puesto del trabajador.

Otro error habitual es calcular mal la indemnización por usar un salario inferior, no incluir conceptos variables, comisiones, bonus o pagas prorrateadas.

También puede impugnarse si la empresa no acredita la causa real, si contrata a otra persona para funciones similares, si mantiene vacantes equivalentes o si utiliza el despido objetivo para encubrir un despido disciplinario o una represalia.

En casos especialmente sensibles, habrá que analizar si existe vulneración de derechos fundamentales, embarazo, reducción de jornada, conciliación, baja médica, denuncia previa o cualquier indicio de discriminación.

Documentos que debes guardar

  • Carta de despido.
  • Justificante de indemnización.
  • Finiquito.
  • Nóminas de los últimos doce meses.
  • Contrato y anexos.
  • Comunicaciones con la empresa.
  • Correos sobre funciones, objetivos o cambios organizativos.
  • Información sobre nuevas contrataciones.
  • Pruebas de comisiones, bonus o salario variable.
  • Cualquier comunicación previa conflictiva.

Qué hacer si recibes un despido objetivo

No firmes como conforme si tienes dudas. Puedes firmar indicando “no conforme” y fecha de recepción.

Guarda toda la documentación, revisa el plazo y calcula correctamente la indemnización. Después, conviene analizar si la causa existe, si la carta está bien redactada, si el cálculo es correcto y si hay indicios de improcedencia o nulidad.

La papeleta de conciliación debe prepararse con precisión, porque marca el inicio de la estrategia laboral.

Caso ilustrativo

Un trabajador en Madrid recibe una carta de despido objetivo por causas organizativas. La carta apenas explica que la empresa necesita reorganizar el departamento. Sin embargo, semanas después se publica una oferta para un puesto muy similar y la indemnización no incluye comisiones variables.

En un caso así, habría que revisar la causa real, la suficiencia de la carta, el salario regulador y la posible improcedencia del despido.

Cuándo conviene hablar con un abogado

Conviene consultar de inmediato cuando recibes una carta de despido objetivo. El plazo es corto y los errores iniciales pueden afectar a la reclamación.

Un abogado laboral revisa la carta, calcula indemnización, analiza prueba, prepara conciliación y valora si procede reclamar improcedencia, nulidad o diferencias económicas.

Preguntas frecuentes

  • Qué indemnización tiene el despido objetivo. Con carácter general, veinte días de salario por año trabajado, con máximo de doce mensualidades.
  • Puedo impugnar un despido objetivo aunque me hayan pagado indemnización. Sí. Cobrar la indemnización no impide reclamar si firmas no conforme y actúas dentro de plazo.
  • Qué plazo tengo para reclamar. El plazo general para impugnar el despido es de veinte días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos o notificación, según el caso.
  • Una carta genérica puede hacer improcedente el despido. Sí. Si la carta no explica adecuadamente la causa, puede impedir la defensa del trabajador y abrir la vía a la impugnación.
  • Qué pasa si el despido es nulo. La nulidad puede implicar readmisión y salarios dejados de percibir, especialmente si existe vulneración de derechos fundamentales o supuestos protegidos.

 

Un despido objetivo no debe aceptarse automáticamente porque la empresa entregue una carta y pague una indemnización. La causa, la forma, el cálculo y el contexto pueden cambiar completamente el resultado.

En Mugan Abogados asesoramos en despidos objetivos, impugnaciones de despido, cálculo de indemnizaciones y reclamaciones laborales en Madrid y en toda España. Si has recibido una carta de despido objetivo, puedes contactar con nuestro equipo.